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Artículo 11: Territorialidad

El Estado y el subsistema de educación universitaria velarán por la expansión de la educación universitaria a todas las entidades federales, municipios y localidades del país, facilitando el acceso con calidad de todas y todos a programas de formación integral, creación intelectual y vinculación social y comunitaria, adecuados a las características, vocaciones, potencialidades y necesidades culturales, económicas, sociales y ambientales de los ámbitos locales y regionales.

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