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Anteproyecto de Ley de Educación Universitaria (FCJP, 2013)

La comisión designada por el Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas para elaborar un proyecto de Ley de Educación Universitaria cumplió su asignación. Redactaron un documento que contemplan principios generales como pertinencia, equidad, autonomía, gratuidad, igualdad, calidad, pluralismo, interculturalidad, innovación, internacionalización cooperativa y transparencia.

Los integrantes de la comunidad universitaria y público en general pueden discutir este articulado y proponer cambios, comentar y corregir posibles fallas. Esta consulta pública se hace para recibir la retroalimentación del público y poder presentar una Ley de Educación Universitaria que recoja el verdadero sentir ciudadano sobre este tema tan importante para el país.

Contenido

Artículo 1: Objeto de la Ley
Artículo 2: Principios de la educación universitaria
Artículo 3: Autonomía
Artículo 4: Inviolabilidad del recinto de las instituciones de educación universitaria
Artículo 5: Carácter Público
Artículo 6: Calidad
Artículo 7: Pertinencia
Artículo 8: Inclusión
Artículo 9: Pluralismo
Artículo 10: Interculturalidad
Artículo 11: Territorialidad
Artículo 12: Innovación
Artículo 13: Articulación Nacional
Artículo 14: Internacionalización cooperativa
Artículo 15: Transparencia
Artículo 16: De los procesos fundamentales de la educación universitaria
Artículo 17: Formación Integral: Noción
Artículo 18: Gratuidad de la formación universitaria
Artículo 19: Sobre las personas con diversidad funcional
Artículo 20: Sobre las modalidades de estudio
Artículo 21: Sobre la evaluación
Artículo 22: Del servicio social comunitario
Artículo 23: Alcance de la creación intelectual
Artículo 24: De la investigación científica
Artículo 25: De la labor intelectual
Artículo 26: De la integración de los procesos de creación intelectual y formación integral
Artículo 27: De la vinculación social y comunitaria
Artículo 28: De la producción de bienes comercializables y la prestación de servicios remunerados
Artículo 29: Definición de instituciones de educación universitaria
Artículo 30: Tipos de instituciones de educación universitaria
Artículo 31: Definición de instituciones de educación universitaria de ámbito especial
Artículo 32: Definición de universidades
Artículo 33: Definición de institutos universitarios
Artículo 34: Definición de institutos de formación avanzada y creación intelectual
Artículo 35: Títulos a otorgar por los institutos universitarios
Artículo 36: Títulos a otorgar por las Universidades
Artículo 37: Sobre la acreditación de saberes, competencias laborales y experiencias de vida
Artículo 38: Títulos a otorgar por las instituciones de formación avanzada y creación intelectual
Artículo 39: Base de datos nacional de títulos universitarios
Artículo 40: Presentación del proyecto de creación de las instituciones de educación universitaria
Artículo 41: Procedimiento de creación de las instituciones de educación universitaria
Artículo 42: Procedimiento de creación y modificación de los programas de formación integral y de estudios avanzados
Artículo 43: Los órganos del subsistema de educación universitaria
Artículo 44: Del Ministerio competente en materia de educación universitaria
Artículo 45: Del Consejo Nacional de Educación Universitaria
Artículo 46: De las reuniones del Consejo Nacional de Educación Universitaria
Artículo 47: De las competencias del Consejo Nacional de Educación Universitaria
Artículo 48: De los Consejos Regionales de Educación Universitaria
Artículo 49: Integrantes de los Consejos Regionales de Educación Universitaria
Artículo 50: De las competencias de los Consejos Regionales de Educación Universitaria
Artículo 51: De los Subcomités Territoriales de Educación Universitaria
Artículo 52: De los Integrantes de los Subcomités Territoriales de Educación Universitaria
Artículo 53: Competencias de los Subcomités Territoriales de Educación Universitaria
Artículo 54: De los subsistemas autónomos de educación universitaria Denominación de los subsistemas autónomos de educación universitaria
Artículo 55: Autonomía funcional y financiera de los subsistemas
Artículo 56: Condición de los funcionarios de los subsistemas autónomos
Artículo 57: De los directores de los subsistemas autónomos de educación universitaria
Artículo 58: Del Subsistema Autónomo de Formación Avanzada y Creación Intelectual
Artículo 59: Integrantes del Subsistema Autónomo de Formación Avanzada y Producción Intelectual
Artículo 60: Competencias del Subsistema Autónomo de Formación Avanzada y Creación Intelectual
Artículo 61: Financiamiento específico del Subsistema Autónomo de Creación Intelectual y Formación Avanzada
Artículo 62: Del Subsistema Autónomo de Autorización, Evaluación y Acreditación de Programas e Instituciones de Educación Universitaria
Artículo 63: Del Subsistema Autónomo de Autorización, Evaluación y Acreditación de Programas e Instituciones de Educación Universitaria
Artículo 64: Competencias del Subsistema Autónomo de Autorización, Evaluación y Acreditación de Programas e Instituciones de Educación Universitaria
Artículo 65: De la Evaluación
Artículo 66: De la Acreditación
Artículo 67: Del examen nacional de evaluación de programas académicos
Artículo 68: Examen de habilitación profesional
Artículo 69: Del Subsistema Autónomo de Control y Rendición de Cuentas
Artículo 70: Concepto de control
Artículo 71: Concepto de rendición de cuentas para las instituciones de educación universitaria
Artículo 72: Integrantes del Subsistema Autónomo de Control y Rendición de Cuentas
Artículo 73: Competencias del Subsistema Autónomo de Control y Rendición de Cuentas
Artículo 74: Estructura académica y de gobierno de las instituciones de educación universitaria
Artículo 75: Órganos de dirección de las instituciones de educación universitaria
Artículo 76: Del Consejo Académico
Artículo 77: De los y las integrantes del Consejo Académico
Artículo 78: De los y las representantes profesorales ante el Consejo Académico
Artículo 79: De los y las representantes estudiantiles ante el Consejo Académico
Artículo 80: De los y las representantes de los Ministerios
Artículo 81: Función del Consejo Académico
Artículo 82: De las atribuciones del Consejo Académico
Artículo 83: Del Consejo Ejecutivo
Artículo 84: Del secretario o secretaria
Artículo 85: Atribuciones del Consejo Ejecutivo
Artículo 86: Del Rector, Rectora, Director, Directora o equivalente de las instituciones de educación universitaria
Artículo 87: Perfil del Rector, Rectora, Director, Directora o equivalente
Artículo 88: De los Vicerrectores, Vicerrectoras o sus equivalentes de las instituciones de educación universitaria
Artículo 89: Perfil de los Vicerrectores, Vicerrectoras o sus equivalentes
Artículo 90: Perfil de las autoridades académicas a cargo de las facultades, áreas académicas o instancia equivalente
Artículo 91: De la elección y periodos de las autoridades académicas en las instituciones universitarias de gestión pública
Artículo 92: De la designación de las autoridades académicas en las instituciones de educación universitaria de gestión privada
Artículo 93: Del Director Administrativo o Directora Administrativa
Artículo 94: De los Comités Consultivos
Artículo 95: De las Direcciones de Formación Avanzada y Creación Intelectual (Dfaci)
Artículo 96: De los Directores o Directoras de las Dfaci
Artículo 97: Unidad de bienestar y desarrollo estudiantil
Artículo 98: De otras direcciones o dependencias centrales
Artículo 99: Del Personal Académico y su conformación
Artículo 100: Sobre el Estatuto del Personal Académico
Artículo 101: Principios básicos para el Estatuto del Personal Académico
Artículo 102: De las obligaciones de las instituciones de educación universitaria a favor del personal académico
Artículo 103: Del personal administrativo y técnico
Artículo 104: Régimen legal contractual del personal administrativo y técnico de las instituciones de educación universitaria
Artículo 105: Del personal de mantenimiento o servicios
Artículo 106: Definición de estudiante de educación universitaria
Artículo 107: Ingreso a la educación universitaria
Artículo 108: Oportunidades alternativas de ingreso a la educación universitaria
Artículo 109: Gratuidad de la educación universitaria y responsabilidad académica de los y las estudiantes
Artículo 110: De la atención integral al estudiante
Artículo 111: Sistema de previsión social para los y las estudiantes
Artículo 112: Del desempeño estudiantil
Artículo 113: De la Inserción social y productiva de los egresados y las egresadas
Artículo 114: Del Reglamento que regirá el sistema electoral de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 115: Votación de los y las integrantes del personal académico de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 116: Votación de los estudiantes de formación integral (pregrado) y de los programas de formación avanzada (posgrado) de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 117: Votación de los y las integrantes del personal administrativo y técnico de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 118: Votación de los y las integrantes del personal de mantenimiento y servicios de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 119: Votación de los egresados y las egresadas de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 120: De las fuentes de financiamiento de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 121: De las fuentes de financiamiento de las instituciones de educación universitaria de gestión privada
Artículo 122: Porcentaje de las rentas nacionales anuales destinado a las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 123: De los criterios para asignar el presupuesto a las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 124: De la obligación que tienen los organismos públicos de contratar los servicios ofrecidos por las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 125: Bienes y rentas de las instituciones de educación universitaria de gestión pública
Artículo 126: Fondo especial de financiamiento para la educación universitaria de gestión pública
Artículo 127: Fondo para el desarrollo y bienestar estudiantil
Artículo 128: Presupuesto para reposición de personal y pago de jubilaciones
Disposiciones Transitorias
Disposiciones Finales
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